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En la vida no hay premios ni castigos, sino consecuencias. Robert Green Ingersoll
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Sabías Qué
Entre los Derechos del consumidor enunciados por la ley 24.240 se encuentran los siguientes:
Revocación de Aceptación en las ventas a domicilio y a distancia:
En los casos de ventas hechas a domicilio o a distancia (cartas, telecomunicaciones, etc), el consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de cinco (5) días corridos, contados a partir de la fecha en que se entregue la cosa o se celebre el contrato, lo último que ocurra, sin responsabilidad alguna. Esa facultad no puede ser dispensada ni renunciada. El vendedor debe informar por escrito al consumidor de esta facultad de revocación en todo documento que, con motivo de venta le sea presentado al consumidor.
Pero, ¿Quienes son consumidores?:
Se consideran consumidores o usuarios, a las personas físicas o jurídicas que contratan a título oneroso para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social.
En caso de incumplimiento de la oferta o del contrato por el proveedor, salvo caso fortuito o fuerza mayor, el consumidor puede, a su libre elección:
a) Exigir el cumplimiento forzado de la obligación, siempre que ello fuera posible;
b) Aceptar otro producto o prestación de servicio equivalente;
c) Rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato.
Todo ello sin perjuicio de las acciones de daños y perjuicios que correspondan.
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Dos enfermeras comentan al ver pasar a un médico: _ Qué bien que se viste el doctor Perez! Si, y qué rápido!
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