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Ley sobre DIABETES |
| SALUD PÚBLICA - Ley - 23.753 - Argentina |
Art. 1°
El Ministerio de Salud y Acción Social dispondrá a través de las aéreas
pertinentes el dictado de las medidas necesarias para la divulgación de la
problemática derivada de la enfermedad diabética y sus complicaciones, de
acuerdo a los conocimientos científicamente aceptados, tendiente al
reconocimiento temprano de la misma, su tratamiento y adecuado control.
Llevará su control estadístico, prestará colaboración científica y técnica a
las autoridades sanitarias de todo el país, a fin de coordinar la
planificación de acciones; y deberá abocarse específicamente a los problemas
de producción, provisión y dispensación para asegurar a todos los pacientes
los medios terapéuticos y de control evolutivo, de acuerdo a la reglamentación
que se dicte.
Art. 2°
La diabetes no será causal de impedimento para el ingreso laboral, tanto en el
ámbito público, como en el privado. El desconocimiento de este derecho será
considerado acto discriminatorio en los términos de la Ley Nº 23.592. (Párrafo
agregado por art. 1° de la Ley N° 25.788 B.O. 31/10/2003).
Art. 3°
El Ministerio de Salud y Acción Social dispondrá la constitución de juntas
médicas especializadas determinar las circunstancias de
incapacidad específica que puedan presentarse para el ingreso laboral, así
como para determinar incapacidades parciales o totales, transitorias o
definitivas, que encuadran al diabético en las leyes previsionales vigentes y
en las que, con carácter especial, promueva el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, de acuerdo a la reglamentación.
Art. 4° Dr. Rolando José Quijano Cepparo
En toda controversia judicial o administrativa en la cual el carácter de
diabético sea invocado para negar, modificar o extinguir derechos del
trabajador, será imprescindible el dictamen del área respectiva del Ministerio
de Salud y Acción Social por intermedio de las juntas médicas especializadas
del artículo 3° de la presente ley. Asesor legal de MIPADI
Art. 5°
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los ciento veinte
(120) días posteriores a su promulgación.
Art. 6°
— Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. —EDUARDO DUHALDE. —
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Alberto J.B. Iribarne.
Ministerio de Salud y Acción Social
SALUD PÚBLICA
Resolución 301/99
Apruébase el Programa Nacional de Diabetes, PRONADIA y Normas de provisión de
medicamentos e insumos.
Bs. As., 16/4/99
VISTO el Expediente Nº 1-2002-3520/99-6 del registro de este Ministerio, la
Ley Nº 23.753 y el Decreto Nº 1271 del 23 de octubre de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 23.753 a este Ministerio se le asigna la función de coordinar
la planificación de acciones tendientes a "asegurar a los pacientes diabéticos
los medios terapéuticos y de control evolutivo de acuerdo a la reglamentación
que se dicte".
Que por Decreto Reglamentario Nº 1271/98, el Poder Ejecutivo Nacional designa
a este Ministerio "como Autoridad de Aplicación de la Ley y su reglamentación"
instando a "la adhesión de las provincias y eventualmente de otras
jurisdicciones al régimen de la Ley".
Que el citado Decreto Reglamentario en su articulado señala que deberán
disponerse "las medidas necesarias para garantizar a los pacientes con
diabetes el aprovisionamiento de los medicamentos y reactivos de diagnóstico
para autocontrol que se estimen como elementos indispensables para un
tratamiento adecuado, según lo establecido en el Programa Nacional de Diabetes
y las normas técnicas aprobadas por autoridad competente en el orden
nacional".
Que por Resolución Nº 45/94 Ex-Secretaría de Salud del 24-1-94, se constituye
la Comisión Permanente Asesora de Diabetes, la que ha elaborado un proyecto de
Programa Nacional de Diabetes, PRONADIA, con intervención de las áreas
técnicas dependientes de la Secretaría de Programas de Salud.
Que la DIRECCION NACIONAL DE MEDICINA SANITARIA, ha elevado la presentación
del Programa Nacional de Diabetes y sus Anexos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
la "Ley de Ministerios" t.o. 1992, la Ley Nº 23.753 y el Decreto Nº 1271/98.
Por ello;
EL MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
RESUELVE:
Art. 1º
— Apruébase el Programa Nacional de Diabetes, PRONADIA y Normas de provisión
de medicamentos e insumos, que como ANEXO I forman parte de la presente.
Art. 2º
— Facúltase a la SECRETARIA DE PROGRAMAS DE SALUD, SUBSECRETARIA DE ATENCION
COMUNITARIA, a realizar a través de la DIRECCION NACIONAL DE MEDICINA
SANITARIA toda gestión conducente al cumplimiento de objetivos y metas del
PRONADIA.
Art. 3º
3º — El Programa aprobado en el Artículo 1º de la presente Resolución pasa a
integrar el sistema de Prestaciones Médicas Obligatorias, P.M.O.
Art. 4º
— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Alberto Mazza
PROGRAMA NACIONAL DE DIABETES - PRONADIA
I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES
I.1. INTRODUCCION
La diabetes mellitus (DM) es una enfermedad crónica considerada como problema
para la salud pública, tanto en los países desarrollados como en desarrollo.
En muchos países es una causa importante de muerte, discapacidad y altos
costos de la atención de la salud. La Organización Mundial de la Salud (OMS)
estima que la DM afecta a millones de personas —y afectará aún más a corto
plazo— en todo el mundo, muchas de las cuales no tienen acceso a un
tratamiento eficaz contra su enfermedad.
En 1989, reconociendo que la diabetes es un problema de salud pública
internacional, la 42º Asamblea Mundial de la Salud adoptó unánimemente una
resolución, solicitando a todos los Estados miembros la medición y evaluación
de la mortalidad nacional por DM y la implementación de medidas para su
prevención y control, así como para compartir con otras naciones las
iniciativas de entrenamiento y educación. Para las naciones en desarrollo —que
comprenden la mayoría de la población mundial— cumplir con la resolución
significa un gran desafío, ya que en estos momentos encaran una doble lucha
contra las enfermedades crónicas infecciosas y contra las enfermedades
crónicas no transmisibles.
Posteriormente, representantes de la OMS, de la Federación Internacional de
Diabetes (IDF), de los Ministerios de Salud de los países de la comunidad, y
de la comunidad de personas con DM se reunieron dando origen a la Declaración
de St. Vincent, en la cual se planteó la necesidad de implementar un plan de
acción para disminuir las complicaciones crónicas de la DM y su costo
socioeconómico. En nuestra región, la Declaración de las Américas, suscrita
por los Ministerios de Salud de todos los países del continente americano,
asumió un compromiso similar.
La DM es una enfermedad metabólica heterogénea y compleja, caracterizada por
una elevación permanente de los niveles de glucosa en sangre, debida a una
menor producción y/o acción de insulina, que tiene como resultado la
incapacidad del organismo para metabolizar los nutrientes adecuadamente.
Varios factores genéticos y ambientales condicionan la etiología y evolución
de la diabetes, habiéndose descripto importantes diferencias entre distintos
países y grupos étnicos o culturales, respecto a prevalencia de la enfermedad
y frecuencia de sus complicaciones.
La DM incluye diversas formas clínicas tales como la DM tipo 1
(insulinodependiente), la DM 2 (no insulinodependiente), y la DM gestacional.
Hay también personas que manifiestan una disminución de su capacidad para
metabolizar adecuadamente la glucosa, intolerancia a la glucosa, y que poseen
un riesgo mayor que la población general para el desarrollo de la DM. Los
términos y definiciones utilizados utilizados para clasificar y diagnosticar la
enfermedad fueron unificados y adoptados en 1979-1980, actualizados en 1985 y
modificados en 1997 a propuesta de la Asociación Americana de Diabetes. Esta
última modificación, que incluye un cambio importante en los criterios de
diagnóstico de la DM, está a punto de ser refrendada por la OMS.
La DM tipo 2 es la forma más común de DM y su prevalencia aumenta a partir de
la tercera década de vida, y en la séptima década su prevalencia específica
para la edad es, por lo general, tres a cuatro veces mayor que la prevalencia
general observada en adultos.
En muchas comunidades la mitad de las personas con DM, casi exclusivamente los
portadores de DM tipo 2, desconocen su enfermedad y en los países en
desarrollo los casos no diagnosticados pueden exceder los diagnosticados.
En las comunidades europeas y norteamericanas la prevalencia de DM tipo 2 se
estima en 3-5% de la población, mientras que en los países en desarrollo, es
muy rara en poblaciones autóctonas con asentamientos tradicionales, pero es
muy común (>10% en los adultos) en muchas comunidades urbanas (1,3,6). Se
piensa que numerosos grupos étnicos, incluyendo asiáticos, indígenas
norteamericanos y de las islas del Pacífico, tienen una mayor predisposición
genética a la DM tipo 2 que los caucásicos (1,5,6). En ausencia de
intervenciones efectivas, la prevalencia de la DM tipo 2 en todas las
poblaciones probablemente aumente, debido al envejecimiento y a la menor
mortalidad por enfermedades infecciosas de la población, y al aumento en la
prevalencia de factores de riesgo como la obesidad, la falta de actividad
física regular y la dieta inapropiada. Hasta la fecha las investigaciones no
han podido demostrar la asociación entre la DM tipo 2 y marcadores genéticos
específicos, a pesar de lo cual es una enfermedad altamente familiar.
En las comunidades occidentales, la prevalencia de la DM tipo 1 es
aproximadamente 1/10 respecto de la DM tipo 2. Su aparición clínica es más
común durante la infancia, con un pico de incidencia en la pubertad, pero su
comienzo no está limitado a la infancia y actualmente se considera que pueden
existir picos secundarios de incidencia en la edad adulta.
La mayoría de los estudios epidemiológicos muestran una incidencia mayor de DM
tipo 1 en otoño e invierno y en Europa se ha detectado un crecimiento
importante de la incidencia de esta forma de DM de sur a norte, que aún debe
ser confirmado. La red mundial de registro de diabetes en la infancia (Estudio
WHO-DIAMOND - Diabetes Mondiale) está mejorando rápidamente el conocimiento de
la epidemiología de esta enfermedad.
La susceptibilidad a la DM tipo 1 está asociada con ciertos marcadores
genéticos, y aunque el o los factores desencadenantes de la enfermedad en
sujetos susceptibles no han sido completamente identificados, se sabe que las
infecciones virales y las toxinas pueden hacerlo.
La DG, definida como la DM detectada durante el embarazo, ocurre
aproximadamente en el 2-5% de los embarazos y se considera la complicación
médica más común durante la gestación. Se presume que es el resultado del
estrés metabólico del embarazo y requiere una reclasificación post partum. La
DG implica un riesgo de complicaciones neonatales que excede el observado en
mujeres no diabéticas. Las mujeres con DG están en riesgo de desarrollar
ulteriormente una DM tipo 2 y sus hijos tienen riesgo de desarrollar obesidad.
La mujer con DG requiere monitoreo y regulación durante todo el embarazo, para
evitar los posibles riesgos adversos.
La intolerancia a la glucosa es un estadio previo al de las dos formas
clínicas descriptas y quienes la padecen forman parte de las poblaciones de
riesgo para el desarrollo de DM. Un porcentaje variable (1-5%) de esas
personas pasa a tener DM tipo 2. El tratamiento de estas personas, consiste en
un cambio del plan de alimentación y la práctica regular de la actividad
física, logra disminuir significativamente esos porcentajes, lográndose así
una prevención primaria de la DM tipo 2.
Las personas con DM desarrollan complicaciones agudas y crónicas, con distinta
cronología y severidad. Las complicaciones agudas son de tipo metabólico y
comprenden la cetoacidosis diabética, la hipoglucemia y el coma hiperosmolar.
Las principales complicaciones crónicas son la nefropatía, la retinopatía, la
neuropatía y las enfermedades cardiovasculares (coronaria, cerebrovascular y
vascular periférica). Mientras que a las tres primeras se las asocia con la
lesión de los pequeños vasos (microangiopatía), las complicaciones
cardiovasculares implican a los grandes vasos (macroangiopatía). La frecuencia
y gravedad de las complicaciones microangiopáticas puede disminuirse
significativamente manteniendo los valores de glucemia próximos a los hallados
en personas sin DM. No es tan clara la relación de los niveles glucémicos con
las manifestaciones macroangiopáticas de la enfermedad.
Debido a su carácter discapacitante, la aparición y progresión de todas estas
complicaciones afecta seriamente la calidad de vida de las personas con DM,
aumenta los costos de su atención y disminuye la capacidad productiva de la
comunidad. Dado que las complicaciones de la DM son prevenibles en un alto
porcentaje mediante el empleo de diversas estrategias e intervenciones
terapéuticas, es primordial promover su implementación para lograr una
prevención efectiva de su desarrollo y progresión. Aun cuando en muchos países
no se dispone de información cuantitativa confiable, se acepta que los costos
directos (costos de atención de las personas con DM) e indirectos (ausentismo,
jubilaciones prematuras y muerte) de la DM son altos, tanto en los países
desarrollados como en desarrollo.
En Gran Bretaña el 4-5% del presupuesto de salud de 1986-1987 se gastó en DM y
se estima que en los países el porcentaje del presupuesto de salud dedicado a
atender a las personas con DM oscila entre el 5 y el 10%. En 1996 en EEUU el
costo promedio de atención de una persona con diabetes fue de alrededor de U$S
12.500/año. La financiación de las internaciones hospitalarias, que es más
frecuente y prolongada y demanda mayor utilización de prestaciones costosas
que las de la población no diabética, representa en general más de la mitad de
los costos directos ocasionados por la DM. La atención ambulatoria del
paciente también consume una considerable cantidad de recursos de salud, tanto
humanos como materiales. Información proveniente de países desarrollados
sugiere que el 8% del total de las consultas ambulatorias de personas mayores
de 55 años es ocasionado por la DM.(24).
I.2.
ANALISIS DE SITUACION A NIVEL NACIONAL Y LOCAL. EL PROBLEMA DE LA DIABETES EN
NUESTRO PAIS
I.2.1.
Prevalencia, diagnóstico y grado de control.
Diversos estudios de la prevalencia de la DM en nuestro país mostraron valores
que oscilan alrededor del 6% de la población general (25). De las personas
identificadas sólo aproximadamente la mitad conocen y tratan su enfermedad.
Por otra parte alrededor del 30% de las personas que conocen su enfermedad no
hacen ningún tipo de tratamiento y el 66% de las que lo hacen tienen un grado
de control metabólico pobre (25, 26, 27). En consecuencia, 2/3 de las personas
con diabetes padecen complicaciones crónicas de la enfermedad (27, 28).
Los Ministerios de Salud de la mayor parte de las provincias argentinas
disponen en su territorio de una estructura suficiente como para cumplir con
lo mencionado en el párrafo anterior. Se requiere, sin embargo, la
sistematización de programas de atención que permitan optimizar el uso de los
recursos disponibles oficiales y privados en beneficio de las personas con DM.
En este sentido es importante la experiencia adquirida en el Ministerio de
Salud de la Provincia de Buenos Aires mediante la implementación de su
Programa de Prevención, Control y Tratamiento de Diabetes (PRODIABA), basado
en las pautas establecidas por la OMS (55).
La posición favorable de las entidades políticas y de las de financiamiento de
salud en nuestro país han quedado documentadas en dos publicaciones
recientemente publicados en nuestro país (39,40). El primer ejemplo de esa
posición es la decisión del Instituto de Obra Médico Asistencial de la
Provincia de Buenos Aires (IOMA) de incluir todas esas acciones y estrategias
dentro de su Programa de Prevención, Control y Tratamiento de las Personas con
DM-(PROPAT).
La Sociedad Argentina de Diabetes (SAD) ha desarrollado varios documentos
sobre el manejo de técnicas de diagnóstico y control de la DM (45), plan de
alimentación (46), de la DM tipo 2 (47), manejo de las complicaciones agudas
del diabético infanto-juvenil (48), clasificación, diagnóstico y tratamiento
de la neuropatía diabética (49) y de la retinopatía diabética (50), del
control y tratamiento de las personas con DM en hemodiálisis (51), DM y
embarazo (52) e hipertensión arterial (53). Igualmente el Centro de
Endocrinología Experimental y Aplicada CENEXA, (UNLP Y CONICET), con el
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y la SAD, editó un manual
para la atención de las complicaciones de la DM a nivel primario (54). El
Programa de Capacitación de Médicos Generalistas (PROCAMEG) implementado por
la SAD a través de sus Capítulos, contribuirá a cubrir estas necesidades.
I.2.2 Morbilidad y discapacidades
La aparición de complicaciones crónicas micro y macroangiopáticas de la DM
otorga a la DM su carácter de enfermedad con alto grado de morbilidad y
discapacidad.
En nuestro medio, la diabetes es causa del 48% de las amputaciones no
traumáticas de miembros inferiores (25), del 15% de los casos de infarto agudo
de miocardio (29), del 13% de los pacientes en tratamiento sustitutivo renal
(30), es la primera causa de ceguera no traumática del adulto (31), y ocupa un
lugar importante como causal de accidentes cerebrovasculares (25). Es también
responsable de la ocupación de alrededor del 8% de las camas de los hospitales
públicos con estadías más prolongadas y costosas que las ocupadas por personas
sin DM (31-33).
Por otra parte, la aparición de complicaciones cónicas de la DM produce un
aumento significativo del ausentismo laboral y ubica a la enfermedad entre las
primeras cinco causas de jubilaciones prematuras por discapacidad en los
empleados de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires (34).
I.2.3. Mortalidad.
Las cifras de mortalidad por diabetes a nivel mundial, basada en el análisis
de los certificados de defunción, son imprecisas debido a la forma deficiente
con que son completadas. En nuestro país la DM está presente en
aproximadamente el 5% de las defunciones anuales (35). Aun cuando las causas
de muerte en la población diabética y no diabética son las mismas, su
frecuencia relativa varía significativamente (35, 36).
I.3. FUNDAMENTACION.
I.3.1 Programas de atención y tratamiento de personas con diabetes. Aun cuando
la diabetología argentina ha alcanzado un desarrollo importante y sus
especialistas están entre los líderes de la región latinoamericana, no existe
aún un programa nacional para el control y tratamiento de la DM.
Tampoco existe a nivel nacional un registro preciso de personas con DM, ni una
red de información entre centros de especialidad y sistemas de monitoreo de la
calidad de su atención. Cabe mencionar que un sistema basado en el DiabCare
europeo (44) se está implementando a prueba en la Provincia de Buenos Aires
tanto a nivel de subsector público (PRODIABA) como del privado (PROPAT). Este
sistema de registro se hace en colaboración con el DiabCare de Francia y la
experiencia adquirida servirá para transferirla, con el auspicio de la
OPS/OMS, al resto del país y a otros países de la Región.
La DM es una enfermedad que compromete la totalidad del organismo. Ello hace
necesario la colaboración del diabetólogo y del clínico con diversos
especialistas (oftalmólogo, cardiólogo, nefrólogo, obstetra), el laboratorio y
algunas técnicas modernas no invasivas para el diagnóstico, control y
tratamiento de la enfermedad y sus complicaciones.
Los antecedentes descriptos definen claramente el problema que enfrentan las
instituciones de salud Pública para el control y tratamiento de las personas
con DM. Igualmente señalan la necesidad reconocida por entidades como la OMS
de implementar programas que permitan modificar el curso natural de la DM,
disminuyendo su costo socioeconómico (55). Finalmente, siendo la DM una
enfermedad trazadora de enfermedades crónicas, las estrategias utilizadas para
mejorar la calidad de su control y tratamiento y la experiencia adquirida
puede ser transferida a otras enfermedades no transmisibles.
Precisamente para potenciar el control multifactorial de las enfermedades no
transmisibles, la OMS/OPS propone la implementación de Proyectos CARMEN-CINDI.
I.3.2 Legislación actual y programas de atención
Diversos países han establecido, por ley, programas de DM que atienden en
diverso grado la provisión de medicamentos e insumos, como así también las
estrategias para el diagnóstico y el tratamiento de la enfermedad.
En nuestro país se aprobó en el año 1989 la Ley Nacional Nº 23.753 y
recientemente ha sido reglamentada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional
Nº 1271/98.
En la provincia de Buenos Aires, se ha promulgado la Ley Nº 11.620 —del
diabético— y el Ministerio de Salud tiene implementado un Programa de Diabetes
(PRODIABA) que apunta a sistematizar y mejorar la calidad de las personas con
DM, su educación y la capacitación de integrantes del equipo de salud, para
optimizar el uso de los recursos humanos y económicos e incorporar estrategias
de prevención en todos sus niveles. La elaboración y el control de la
implementación del PRODIABA está a cargo del CENEXA (Centro de Endocrinología
Experimental y Aplicada (UNLP-CONICET)), siguiendo las pautas establecidas por
la OMS (55) e implica la aplicación del criterio de SILOS (Sistema Locales de
Salud) para la atención de las personas con diabetes. Siguiendo este ejemplo,
otras provincias como Corrientes y Chaco, han puesto en marcha diversas
iniciativas como provisión gratuita de insulina para estos pacientes en
tratamiento ambulatorio.
I.3.3 Costos de la diabetes
Ya se ha mencionado que la DM tiene un costo social elevado consecutivo a la
aparición de sus complicaciones crónicas y a su frecuente asociación con otros
factores de riesgo. Dichas complicaciones pueden ser prevenidas en un alto
porcentaje de casos mediante un control adecuado de dismetabolismo diabético y
de los factores de riesgo asociados a la DM.
En nuestro medio el estudio comparativo del costo anual de atención de las
personas con DM sin complicaciones versus el de la atención de episodios en
varias complicaciones, demostró que toda inversión destinada a mejorar la
atención y prevenir las complicaciones tiene una elevada y conveniente
relación costo/beneficio (56).
Desde el punto de vista de los costos indirectos, se ha demostrado que es la
aparición de las complicaciones crónicas de la DM la responsable del elevado
ausentismo laboral adjudicado a las personas con DM, las que muestran un
comportamiento laboral similar al de la población no diabética cuando dichas
complicaciones no se han manifestado (34). Ese mismo estudio demostró que la
DM, siempre a través de sus complicaciones, ocupa un lugar destacado en las
causas de jubilaciones prematuras en el subsector público de la Provincia de
Buenos Aires.
La implementación de pautas de atención tendientes a mejorar su calidad y
promover la prevención de complicaciones pueden modificar sustancialmente
estos valores y tendencias.
II. PROPUESTA PROGRAMATICA
II.1. PROPOSITO
Mejorar la calidad y esperanza de vida de las personas diabéticas, evitar o
disminuir las complicaciones por esta patología y procurar el descenso de sus
costos directos e indirectos a través de un programa prioritariamente
preventivo y de control con intervenciones adecuadas sobre factores de riesgo
de esta enfermedad y sus complicaciones.
II.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS
A) Orientados a la aplicación de la Ley y la ejecución del Programa:
Lograr la adhesión de las provincias a la ley nacional y una propuesta
programática adecuada a la situación de las Provincias y la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Lograr una organización operativa que permita dar cumplimiento a lo dispuesto
por la Ley Nacional Nº 23.753 y al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº
1271/98 y evaluar su impacto.
Incluir en el SINAVE (SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA) la
Vigilancia Epidemiológica de la DM.
Crear los mecanismos de supervisión, auditoría y evaluación que permita medir
el impacto de la aplicación de la ley y ajustar los insumos.
Promover la participación de los distintos sectores sociales involucrados en
esta problemática, en todos los niveles de gestión del programa.
B) Orientados a modificar la evolución de la DM:
Prevenir el desarrollo de la DM, en la medida de lo posible, en individuos y
comunidades susceptibles. Implementar la educación diabetológica a todos los
niveles:
• Educación Comunitaria
• Personas con DM y su familia
• Equipos de salud
Prevenir las complicaciones de la DM y, consecuentemente, disminuir la
morbilidad, la mortalidad y los costos de la enfermedad.
Organizar un sistema de registros y control de tratamientos y su impacto.
Promover la investigación científica clínica y preventiva de la DM.
Detectar en forma temprana la DM especialmente en sujetos de alto riesgo.
Asegurar el tratamiento y seguimiento de los casos detectados.
II.3. ESTRATEGIAS
II.3.1. Estrategias básicas
Las estrategias básicas consideradas pertinentes para el logro del propósito u
objetivo general son:
* Abordaje interdisciplinario.
* Articulación intersectorial.
* Participación social y grupal de personas con DM.
* Incorporar los objetivos y actividades del Programa dentro de la estrategia
de la Atención Primaria de la Salud.
II.3.2. Estrategias operacionales
* Desarrollo de programas de educación comunitaria destinadas prioritariamente
a grupo de riesgo.
* Promoción de la consulta médica preventiva de individuos con carga genética
y factores de riesgo.
* Desarrollo orgánico y sistemáticos de programas de capacitación del paciente
diabético y sus familiares para lograr el autocuidado de la salud, el control
de su enfermedad y sus posibles complicaciones.
* Implementación de un sistema de capacitación, perfeccionamiento y
actualización de los integrantes del equipo de salud.
* Incorporación al sistema de atención médica de las normas de atención,
control y tratamiento de la DM.
Provisión a personas según lo establecido por ley y su decreto reglamentario
de medicamentos e insumos para el tratamiento y control específico de esta
patología.
* Promoción de un sistema interdisciplinario, interinstitucional y social
cuyos representantes intervengan en la evaluación del PRONADIA y aporten
propuestas que optimicen su rendimiento.
* Promover estudios epidemiológicos que permitan:
• Disponer de un diagnóstico de situación actualizado; de la estructura,
procedimientos y resultados de la atención diabetológica.
• Contar con la identificación de sus inconvenientes y aciertos y
• Proponer nuevos indicadores que permitan evaluar cambios en la calidad de
dicha atención, así como en los costos directos e indirectos de la DM.
II.4. ACCIONES
II.4.1. Promover y facilitar la adhesión de las provincias a la Ley Nacional y
su implementación Programática.
• Presentar en la próxima reunión del Consejo Federal de Salud (CO.FE.SA.) la
Ley, el Decreto Reglamentario y el Programa Nacional para consideración y
adhesión de las máximas autoridades de salud provinciales.
• Apoyo técnico para la programación e implementación de Programas
Provinciales.
• Apoyo financiero a la ejecución de los Programas Provinciales.
II.4.2. Facilitar el acceso a la información diabetológica:
* Organización de una base de datos.
* Actualización de material bibliográfico.
* Distribución.
II.4.3. Elaborar y difundir programas de Educación para la Salud en los medios
de comunicación masivos, (radio, nota en diarios, T.V.) y cartillas
educativas, distribuidas en diferentes medios y ámbitos (colegios, clubes,
sociedades):
• Elaboración, redacción, discusión y selección del material correspondiente.
• Preparación de material educativo y distribución (gacetillas, posters,
folletos ilustrados) adecuado a las particularidades socioculturales de las
distintas regiones del país.
II.4.4. Capacitar a los prestadores de salud, en especial a nivel de médicos
generalistas para lograr un control efectivo de la DM y la prevención de sus
complicaciones.
* Capacitación de integrantes del equipo de salud para desarrollar programas
de educación a personas con DM y sus familiares.
* Realizar actividades con la modalidad de seminarios y de capacitación
continua para el perfeccionamiento de todos los integrantes del equipo de
salud en la atención de la DM.
II.4.5. Provisión controlada de insulina, hipoglucemiantes orales, jeringas,
agujas, lancetas y tiras reactivas y paciente en tratamiento.
II.4.6. Organización e implementación de un sistema unificado de Vigilancia
Epidemiológica de la DM:
* Implementación y seguimiento de registros de personas con DM mediante la
adopción de formulario de registro de datos (clínicos, metabólicos,
terapéuticos y otros) del DiabCare para evaluar la calidad de atención,
definir estrategias efectivas de tratamiento e identificar grupos clínicos de
referencia.
* Desarrollo de una base de datos para el manejo de información y el monitoreo
del PRONADIA.
II.4.7 Implementación de programas de investigación epidemiológica que
contribuyan al diagnóstico de situación y a la evaluación de los cambios
operados en el perfil demográfico y epidemiológico de la población, en
relación con la DM, sus factores de riesgo y la evolución.
II.5. ACTIVIDADES PRIORITARIAS
II.5.1. . Educación de las personas con diabetes.
Como en toda enfermedad crónica, el control exitoso del curso de la DM depende
en gran medida de la participación activa del paciente. Ello requiere de un
paciente conocedor de su enfermedad, de su forma de tratamiento y fuertemente
motivado para ser un miembro activo del equipo de salud. Tales condiciones se
logran mediante la educación de las personas con DM.
Aun cuando esta educación era ya promovida, recién en la década del 70' dicho
proceso alcanzó una difusión importante (37). Ello trajo aparejado una
disminución de los costos socioeconómicos de la diabetes y una mejoría de la
calidad de vida de las personas con diabetes (37).
En nuestro país, la SAD, la Federación Argentina de Entidades de Lucha contra
la Diabetes (FAD) y diversos grupos de trabajo han promovido la educación
diabetológica de las personas con DM y su familia. Con esos objetivos se han
producido documentos que dan pautas generales para su desarrollo (38) y de la
conveniencia de incorporar la educación como un componente esencial del
control y tratamiento de la DM (39, 40). Consecuentemente, se han puesto en
marcha diversos programas de educación individual y grupal tendientes a
documentar la factibilidad y realidad de este objetivo. En este sentido
existen evidencias objetivas publicadas a nivel nacional e internacional de
las ventajas y conveniencias de la implementación de la educación de las
personas con diabetes para mejorar el control metabólico de la enfermedad y
disminuir su costo socioeconómico (21, 41, 43).
La SAD, a través de su Grupo de Trabajo de Educación, participa de un estudio
multicéntrico latinoamericano que utiliza el modelo de educación grupal de
personas con DM tipo 2 (42, 43), cuyo objetivo es agregar elementos de juicio
objetivos sobre el impacto de la educación sobre el control clínico,
metabólico, terapéutico y de costos de la enfermedad.
Finalmente, la SAD auspicia el Programa de Capacitación de Educadores que
desarrollan desde hace varios años el CENEXA y el Centro "Bernardo A. Houssay"
(designado Centro Colaborador de la OMS para Diabetes) y que brindará en breve
el Departamento de Graduados de la Facultad de Ciencias Médicas de la
Universidad Nacional de La Plata. Cabe mencionar la experiencia adquirida en
la implementación de este tipo de capacitación de educadores y de cursos de
educación de modalidad grupal para personas con diabetes, en establecimientos
del sector público a través del PRODIABA en la Provincia de Buenos Aires.
II.5.2. Prevención clínica
Implantar en el sistema médico asistencial la consulta preventiva que registre
los factores de riesgo para la DM y asuma su estudio, tratamiento y
seguimiento considerando como principales factores de riesgo los siguientes:
* Individuos mayores de 40 años de edad.
* Obesos.
* Antecedentes de familiares consanguíneos diabéticos.
* Mujeres con historia clínica obstétrica sospechosa de diabetes.
* Hipertensión.
* Sedentarismo.
* Antecedentes cardiovasculares en edades tempranas.
Igualmente, se requieren estímulos que privilegien las acciones de prevención
—caso de la educación — reconociéndolas como prestaciones médicas que permitan
desarrollar estrategias de seguimiento a largo plazo y el registro cuidadoso
de los eventos ocurridos en el transcurso de la enfermedad.
II.5.3. Accesibilidad a la insulina, a los agentes hipoglucemiantes orales y a
los insumos necesarios para el tratamiento y control de la diabetes.
Desde el punto de vista del tratamiento farmacológico se requiere insulina e
hipoglucemiantes
orales.
Entre los insumos indispensables se requieren jeringas y agujas descartables
para la aplicación de insulina, tiras reactivas para la determinación de
glucosa en sangre y orina, para cuerpos cetónicos en orina y lancetas para
extracción de sangre capilar.
La Ley Nacional Nº 23.753, en su decreto reglamentario Nº 1271/98, designa
como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud y Acción Social por
intermedio de la Secretaría de Programas de Salud y de las Areas técnicas de
su dependencia.
II.6. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL PROGRAMA
El PRONADIA requiere de una planificación adecuada y un grupo asesor
interdisciplinario e intersectorial, que incluya representantes de los
distintos sectores involucrados.
Este grupo ha sido constituido por Resolución Ministerial Nº 45/94 como
Comisión Nacional Permanente Asesora de Prevención y Control de la Diabetes
Mellitus con funciones de asesoramiento para la formulación del Programa, su
puesta en marcha y la evaluación de sus resultados.
La Comisión incluirá representantes Interministeriales, de las organizaciones
científicas, representantes de las provincias y de las actividades productivas
afines, de las organizaciones de personas con DM y ONGs. El cuadro siguiente
resume dicha organización:
• Area Propuesta
II.7. ORGANISMOS QUE INTEGRAN PERMANENTE U OPERATIVAMENTE LA COMISION NACIONAL
ASESORA DE PREVENCION Y CONTROL DE LA DM
II.7.1. Instituciones Gubernamentales:
* Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación y representantes
provinciales.
* Ministerio de Economía y Obras Públicas.
* Ministerio de Educación y Cultura.
* Ministerio de Trabajo.
* Ministerio de Justicia.
* Representantes de comisiones Afines del Poder Legislativo.
* Otros.
* Otros.
II.7.2. Instituciones científicas:
* Facultades de Medicina a través de AFACIMERA.
* Sociedad Argentina de Diabetes.
* OPS/OMS.
* Sociedades Científicas de especialidades afines.
II.7.3. Otras Organizaciones:
* Entidades colegiadas de profesionales de la salud.
* Entidades intermedias.
* Otras.
II.7.4. Asociaciones de personas con diabetes.
II.7.5. Representantes de la industria farmacéutica.
II.7.6. Representantes de los medios de comunicación.
II.7.7. Asesores internacionales
II.8. . FUNCIONES DE LA COMISION NACIONAL PERMANENTE ASESORA DE PREVENCION
CONTROL DE LA DM
* Asesorar en la elaboración e implementación del Programa Nacional.
* Proponer normas de prevención y protocolos de atención y de rehabilitación
de pacientes.
* Colaborar en el diseño del sistema de registros de datos.
* Organizar un sistema de evaluación de necesidades insumos, stock, provisión
y control.
* Proponer indicadores de evaluación.
* Cooperar en la evaluación de los Programas Provinciales.
* Promover y orientar la investigación.
* Difundir los avances técnicos terapéuticos y la actualización bibliográfica.
* Participar en el monitoreo del programa.
II.9. ESTRATEGIAS DE EVALUACION.
Las estrategias de evaluación estarán prioritariamente dirigidas a medir.
• Grado de aplicación de la Ley Nacional Nº 23.753.
• Impacto sanitario y económico de las políticas de prevención, de las
intervenciones sobre factores de riesgos y del tratamiento y control evolutivo
de la DM.
II.9.1 Instrumentos de Evaluación
a) Informes provinciales sobre la implementación del Programa.
* De Organización.
* De Desarrollo.
* De Aplicación de Estrategias.
b) Informes de Supervisión de actividades del programa (semestral).
c) Informes de datos estadísticos del Sistema de Vigilancia Epidemiológica
(semestral).
d) Informes de la Comisión Permanente Asesora sobre impacto y/o dificultades
presentadas en la aplicación de la Ley y su Decreto Reglamentario (semestral).
II.9.2. . Indicadores de cumplimiento de metas de actividades programadas
a) De organización
Nº de Responsables provinciales X 100
Total de Provincias
Nº de Programas Provinciales en implementación X 100
Total de Provincias
Total de insumos utilizados según normas X 100
Total de Insumos Asignados
b) De proceso por Provincia y/o Jurisdicción
Total de Actividades de Capacitación de equipos de salud realizadas
Total de Actividades de Capacitación de equipos de salud programadas
Total de personas con DM integrados a grupos de autocontrol X 100
Total de Diabéticos registrados
Total de Provincias integradas al SINAVE en DM X 100
Total de Provincias adheridas al Programa
c) De Situación
* Prevalencia de DM por Jurisdicción
Total de personas con DM registrados al año X 100
Total de población para el mismo período de tiempo
* Tasas de mortalidad y morbilidad por patologías asociadas a la DM (por sexo
- edad - provincia) (*).(*)
Total de defunciones por D.M al año X 100.000
Total de defunciones para el mismo período
Total de internaciones de cada patología asociada a D.M al año X 100.000
Total de internaciones de cada patología para el mismo período
Principales patologías que se asocian a la D.M.
• Nefropatías.
• Enfermedades Cardiovasculares
• Diabetes Gestacional
• Amputaciones no traumáticos
• Ceguera
d) De efecto
* Modificación de la prevalencia de DM en cohortes de tiempo, por Provincia.
* Modificación de las tareas de mortalidad por DM y complicaciones.
* Estudios de costo beneficio y costo efectividad.
Gastos en actividades de prevención DM
Gasto en la atención médica de pacientes con DM (**)
Gasto de internación por atención de DM al año
Gasto total por internaciones.
(*) Los datos de patologías asociadas a DM se extraerán de los registros de
morbi-mortalidad disponibles en cada jurisdicción (egresos hospitalarios y
Estadísticas Vitales).
(**) Podría incluirse en el estudio de costo-beneficio y de costo efectividad,
los costos secundarios (ausentismo laboral, jubilaciones prematuras) de
disponer el sector salud de esos datos.
PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION, ATENCION Y TRATAMIENTO DE PERSONAS CON
DIABETES (PRONADIA)
II.10 CUADRO OPERATIVO
PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION, ATENCION Y TRATAMIENTO DE PERSONAS CON
DIABETES (PRONADIA)
PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION Y CONTROL DE DIABETES
NORMAS DE PROVISION DE MEDICAMENTOS E INSUMOS COMPRENDIDOS
1. — MEDICAMENTOS E INSUMOS COMPRENDIDOS
Acorde con la Ley 23.753/89 y el Decreto Reglamentario 1271/98, quedan
comprendidos dentro de sus disposiciones los medicamentos e insumos básicos y
cobertura mínima inicial, para el control y tratamiento del paciente con
Diabetes Mellitus.
Notas:
(*) Porcentaje establecido en el Decreto 1271/98. Cuando se especifica
porcentaje inferior al 100% se entiende que se trata de cobertura mínima
inicial a incrementarse progresivamente de acuerdo a los recursos con que se
cuente en cada jurisdicción.
(**) Dación mínima por pacientes diabéticos.
(***) Ante indicación expresa y fundamentada de profesional especializado, su
otorgamiento deberá ser evaluado y aprobado por la auditoría de la institución
que corresponda, teniéndose en cuenta las normas que al respecto ha
establecido la Sociedad Argentina de Diabetes y que formarán parte del
Programa Nacional de Garantía de Ca