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TERMINÓ EL JUICIO A LA IRONÍA.

MASNÚ ABSUELTO 

Politica

Gabriel Ramonet

Fallo con perfume a libertad

El pronunciamiento del juez Enrique Calot al absolver el viernes al sindicalista querellado por el Gobernador, sentó un procedente histórico sobre la libertad de expresión en la Provincia. El magistrado circunscribió la injuria solo "a los insultos denigrantes", defendió el derecho a la critica y a la facultad de realizarla a través del humor o la ironía


TERMINÓ EL JUICIO A LA IRONÍA. DANIEL MASNÚ ABSUELTO

Un precedente histórico para la libertad de expresión

El juez Enrique Calot dictó el viernes un fallo categórico sobre el derecho de las personas a expresarse líbremente. Al absolver al gremialista querellado por el Gobernador, circunscribió el delito de injuria a "los insultos denigrantes". 

Defendió la facultad de los ciudadanos a criticar al Gobierno y puntualizó la obligación de los funcionarios de soportar esa circunstancia

USHUAIA- El fallo absolutorio del dirigente sindical Daniel Omar Masnú, en la querella por injurias propiciada por el gobernador Carlos Manfredotti, sentó un precedente histórico en favor de la libertad de expresión en la Provincia. 

Así lo manifestaron autoridades gremiales, abogados del fuero y funcionarios judiciales que tomaron contacto con la sentencia dictada el viernes a la noche por el juez Correccional de Ushuaia Enrique Calot. 

El magistrado "absolvió sin costas" a Masnú por la acusación de "injurias reiteradas, dos hechos" y rechazó la demanda civil por daño moral mediante la cual el gobernador solicitó un resarcimiento económico de cinco mil pesos.

 La causa analizaba el contenido de dos notas enviadas por el dirigente sindical al mandatario el 5 y el 26 de mayo del año 2000, en las que utilizó términos irónicos como "excelentísimo gobernador", "benefactor de la Provincia" y "detentor del sitial de máximo poder", entre otras. 

El caso concluyó en una jornada tensa y cargada de expectativa. Cuarenta personas entre allegados a las partes, periodistas y funcionarios judiciales presenciaron la lectura del fallo que comenzó a las 21.55 y se extendió durante una hora y media. Mientras tanto, en el exterior del edificio de Tribunales de Monte Gallinero, un severo operativo policial dividió en dos bandos separados por cien metros de distancia, a los seguidores de Masnú, en su mayoría sindicalistas y afiliados a gremios estatales, y a los allegados a Manfredotti, casi todos militantes de unidades básicas. A la 23.35, el gobernador y su abogado Mariano Soler abandonaron el edificio a paso rápido, sin hacer declaraciones. En el otro extremo del edificio Masnú fue recibido con una ovación y cánticos alusivos al resultados del pleito judicial.

Injuria el que insulta

Más allá de los aspectos circunstanciales, el pronunciamiento de Calot fue interpretado como un profundo alegato a favor de la libertad de expresión.

 El juez afirmó en la sentencia que "condenar penal o civilmente por las expresiones vertidas en las notas que han generado estos actuados constituiría un severo menoscabo de la libertad de expresión y consecuentemente un grave atentado al estado de derecho".

 En sus aspectos medulares, el fallo determinó que Masnú se dirigió al Gobernador con el objetivo "de lograr un cambio en la política de su gestión". 

Y que si bien utilizó frases irónicas "se puede decir que las expresiones son de índole satírica en el sentido de que están dirigidas a censurar con acritud o mordacidad, tal vez con ironía, pero no encuentro que todo el texto de ambas notas constituyen una injuria a la persona del Sr. Gobernador", aseveró Calot.

 También fijó una postura de enorme peso jurisprudencial al circunscribir el delito de injuria "a las ofensas o insultos con epítetos denigrantes", dejando fuera de esta figura a la crítica en cualquiera de sus expresiones.

 Al analizar el vocabulario utilizado por Masnú en sus notas, el juez solo se detuvo en la palabra "detentor", que significa "el que retiene la posesión de lo que no es suyo, sin título ni buena fe", aunque admitió que "no podemos pretender que una persona que no es abogado, conozca el real significado de la palabra en cuestión, lo que aventa el propósito de la injuria". 

Calot evaluó, incluso, la personalidad del ex director del Instituto de Previsión Social, al señalar que "los escritos efectuados responden a como Masnú es, responden a su personalidad, a su forma de ser, a sus convicciones, y no me cabe ninguna duda que independientemente de la persona que hubiera ocupado el cargo de gobernador, en este caso el Sr. Manfredotti, si Masnú lo hubiera considerado pertinente se habría expresado con los mismos términos".

 "No tengo a Masnú por autor penalmente responsable del delito de injurias reiteradas en dos hechos por lo que fuera acusado, por lo que corresponde absolverlo de este delito", concluyó el magistrado en la parte resolutiva de su fallo.

UN FALLO REPLETO DE DEFINICIONES

El triunfo de la libertad

USHUAIA- El pronunciamiento del juez Correccional de Ushuaia, Enrique Calot, absolviendo al dirigente Daniel Masnú por el delito de injurias incluyó una serie de definiciones sobre la libertad de expresión, el derecho a la crítica y lo que deben estar dispuestos a soportar los funcionarios públicos. Aquí una síntesis de los argumentos utilizados por el magistrado:

-La libertad de expresión sobre la conducta de los funcionarios públicos interesa no sólo para dar a conocer lo que se sabe, sino igualmente para criticar, inclusive mediante comentarios eventualmente peyorativos. 

-La crítica constituye un eficaz instrumento de contralor de los actos de Gobierno, y de valoración de los asuntos de interés general 

-El derecho a la crítica académica o humorística es esencial al sistema porque permite formarse opinión, evaluar, sopesar las acciones y obras en consecuencia 

-La protección del honor de los funcionarios públicos tropieza con la necesidad de preservar ese derecho a la crítica, inherente a toda sociedad democrática

 -La preservación del derecho de crítica es esencial sistema republicano 

-La frecuente operatividad de intereses generales prioritarios, que justifican las ofensas contra el honor de las personas a cargo de trascendentes compromisos comunitarios

 -La aceptación de una función pública entraña un tácito sometimiento a la crítica de los demás: el sujeto se coloca en una vidriera sujeta a inspección y contralor por los interesados en el manejo de los asuntos de la sociedad. 

La función pública ofrece de tal manera. Un flanco inevitable a la supervisión y a posibles ataques a sus obras. Se trata de una suerte de asunción del riesgo, y hasta de previsibilidad forzosa de la crítica, inclusive de la crítica injusta.

CALOT Y LAS PRESIONES POLÍTICAS

"Soy un juez independiente"

USHUAIA- Las variadas referencias que se hicieron durante el juicio al dirigente Daniel Masnú sobre el impacto del gobierno de Carlos Manfredotti en la credibilidad del Poder Judicial, derivaron en que el juez Enrique Calot incluyera en el fallo un párrafo referido a la independencia de la Justicia. "No he recibido presiones, ni siquiera sugerencias, ni de este gobierno ni del que lo precedió -en cuyo caso hubiera sido denunciado penalmente- lo que me permite decir que soy un juez independiente, como debe ser, situación que no se da en otros lados en donde los jueces no amigos del poder son apartados de sus funciones, lo que corresponde resaltar", sentenció el magistrado.

 

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